El espionaje “legal” a los políticos

Andamos en estos días envueltos en una polémica llena de medias verdades y de mensajes manipulados.
Nadie habla de que nuestras normas permiten el “espionaje” a los políticos….
Y no solo lo permiten, sino que se les impone como una obligación a determinados empresarios y profesionales.
Efectivamente, ya la Unión Europea en el año 2005, con la denominada Tercera Directiva contra el blanqueo de capitales, incorpora la obligación de vigilar estrechamente los movimientos económicos de los políticos electos y de los altos cargos de la administración.
Para que nos entendamos, pongamos un ejemplo: cuando un banco, un promotor inmobiliario, un asesor fiscal o un abogado, entre otros, mantienen relaciones profesionales con las denominadas en el argot “personas políticamente expuestas” se deben adoptar medidas de diligencia debida reforzadas o, lo que es lo mismo, investigar si el dinero que maneja el político o el alto cargo, está justificado por su actividad económica.
Pero la cuestión no acaba ahí: podremos investigar al político sin que este lo sepa…y no sólo a él, sino también a su cónyuge o sus ascendientes y descendientes, o a todos aquellos que mantienen relaciones económicas de cualquier orden con el político o el alto cargo.
Efectivamente, las normas preventivas excepcionan los derechos de estos personajes públicos en materia de protección de datos, pues el interés público de la lucha contra la corrupción así lo justifica.
Desde luego no podremos pinchar un teléfono de un político, al menos sin autorización judicial, pero sí les podremos “espiar” sin su conocimiento y consentimiento, porque así nos lo impone la propia Ley … ¡que ellos mismos, incluidos los que ahora se escandalizan, han aprobado!

Posts Relacionados

Dejar un comentario